Costumbres Comerciales Certificadas Para el Corretaje Inmobiliario

Costumbres Comerciales Certificadas Para el Corretaje Inmobiliario

Conversatorio de Oriente Lonja de Propiedad Raíz de Medellín y Antioquia 10 de septiembre de 2014

La Costumbre Mercantil

Es el conjunto de prácticas que se repiten y aplican reiteradamente por una colectividad de personas frente a un hecho o tema determinado, que adquiere obligatoriedad por el hecho mismo de ser una norma creada para usos sociales, siempre que estas no sean contrarias a la ley y se ejecuten reiterada, pública y uniformemente.

Tiene la misma autoridad que la ley comercial,

siempre que no la contraríe manifiesta o tácitamente. Código de Comercio, Artículo 3.

 

¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir las prácticas mercantiles?

Según el Código de Comercio, artículo 3, los requisitos para que una práctica pueda considerarse como costumbre mercantil son los siguientes:

Uniformidad: que las prácticas sean iguales frente al mismo hecho.

Reiteración: que los actos que forman la costumbre se repitan y practiquen durante cierto tiempo, es decir, no pueden ser transitorios u ocasionales.

Publicidad: que sea conocida por el grupo de personas que la practican.

Legalidad: que no sea contraria a la ley.

 

Preferencia de las estipulaciones contractuales

Las estipulaciones de los contratos válidamente celebrados preferirán a las normas legales supletivas y a las costumbres mercantiles.

Código de Comercio, articulo 4.

 

Costumbres certificadas CCMPA

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 Costumbres certificadas CCMPA

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